Auto Supremo AS/0216/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Nº 06/2010-R de 6 de abril, en ella se

DE LOS AGRAVIOS Y DE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL.-
1.- Señala que el art. 112 de la Constitución Política del Estado, refiere que su aplicación es parta los hechos producidos en vigencia de dicha norma, y no puede ser aplicado en forma retroactiva a un caso concreto;
Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Nº 06/2010-R de 6 de abril, en ella se hizo referencia a la aplicación inmediata de la Constitución Política de Estado “III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente Como el presente recurso fue presentado y resuelto por el Tribunal de hábeas corpus en vigencia de la Ley Fundamental abrogada, es pertinente determinar, antes de analizar la Resolución venida en revisión, qué norma constitucional se aplicará