Auto Supremo AS/0216/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2017

Fecha: 08-Mar-2017

De acuerdo a la doctrina y a la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional (SC 76/2005),

De acuerdo a la doctrina y a la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional (SC 76/2005), la reforma constitucional -total o parcial- tiene vigencia plena en el tiempo a partir de su promulgación, lo que significa que sus normas se aplican a todos los hechos acaecidos a partir de su vigencia y a los casos que se encuentran en transición; es decir, los que no han sido definidos bajo las normas constitucionales abrogadas