POR TANTO
En cuanto a la aplicación de normas sustantivas contenidas en la Ley Nº 04, refiere que la misma ha ya sido objeto de análisis en la sentencia constitucional Nº 2243/2012, la misma refiere sobre un proceso penal en fase de ejecución penal, en la que se debatió la aplicación suspensión condicional de la pena, que no resulta ser similar al caso presente.
Por lo que se concluye que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al emitir el Auto Supremo Nº 044/2016 de 01 de diciembre, ha obrado correctamente.
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de los arts. 406 de Código de Procedimiento Penal aplicable al caso presente por permisión del art. 11 de la ley Nº 044, CONFIRMA el Auto Supremo Nº 044/2016 de 01 de diciembre de 2016 que cursa de fs. 1 a 7 del infolio, con costas
Por lo que se concluye que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al emitir el Auto Supremo Nº 044/2016 de 01 de diciembre, ha obrado correctamente.
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de los arts. 406 de Código de Procedimiento Penal aplicable al caso presente por permisión del art. 11 de la ley Nº 044, CONFIRMA el Auto Supremo Nº 044/2016 de 01 de diciembre de 2016 que cursa de fs. 1 a 7 del infolio, con costas
- Parte Acusadora : Ministerio Público
- VISTOS: El memorial de apelación de fs
- La Sala Penal, del Tribunal Supremo de Justicia, pronuncia el Auto Supremo Nº 044/2016 de
- Dicha Sala Penal, también señala que la prescripción es una causa de extinción de la
- Refiere que en el marco de los arts
- II. Del contenido de la apelación incidental
- Cita el principio de favorabilidad y el art
- También refiere el art
- Por lo expuesto solicita revocar el Auto Supremo Nº 044/2016, determinando la extinción de la
- La Procuraduría General del Estado, contesta el recurso en escrito de fs
- La Fiscalía General del Estado contesta el recurso en memorial de fs
- El art
- Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Nº 06/2010-R de 6 de abril, en ella se
- En este entendido, partiendo de los principios pro hómine y de interpretación progresiva de los
- De acuerdo a la doctrina y a la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional (SC 76/2005),
- La Constitución, al ser reformada o sustituida por una nueva, mantiene su naturaleza jurídica, toda
- 2
- Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable
- También corresponde señalar que respecto a la aplicación del principio de favorabilidad, la misma tampoco
- En cuanto a la cita del art
- POR TANTO
- Regístrese y cúmplase.
