Auto Supremo AS/0223/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por los demandados y resuelta mediante

Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por los demandados y resuelta mediante Auto de Vista de fs. 946 a 950 vta., que confirma la Sentencia apelada, con el argumento de citar los art. 687 del CPC., y 780 del CC., y describe que el Juez dedujo que la prueba presentada por los demandados no es suficiente para considerarlos como válidos, y que la misma no se encuentra descrita en forma clara, precisa y concisa, asimismo refiere que el A quo, dedujo que no se puede establecer el importe total del cual los demandados deben rendir cuentas en la gestión de 2008 a 2012, por lo que señaló que la misma debe ser averiguada en ejecución de Sentencia. Asimismo cita las disposiciones de los arts. 1283.I y 1285 del Código Civil y 375 de su procedimiento, asimismo señala que los demandados (ahora recurrentes), no dieron cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1286 del Código Civil, al no desvirtuar que se encuentran exentos de la rendición de cuentas, y deduce que el A quo al emitir la Sentencia ha obrado correctamente