Auto Supremo AS/0251/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2017

Fecha: 09-Mar-2017

III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO

De la Respuesta al Recurso de Casación.-
Con relación a la respuesta al recurso de casación los demandantes señalaron:
Transcribiendo los requisitos legales exigidos para la interposición del recurso de casación desarrollados por el Dr. Ortiz Mattos, señala que en el memorial planteado por el adverso lamentablemente ha encontrado argumentos manidos y recurrentemente presentados en el curso del proceso tales como la competencia del juzgador en razón de cuantía, refiriéndose a la contaminación que tan solo existe en materia penal, la declaratoria de herederos, que ya han sido definidos por la autoridad jurisdiccional. Consecuentemente mal podría viabilizar un recurso que no cumple ni los más mínimos y elementales requisitos para su procedencia.

En tales antecedentes diremos que:

III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:

III.1.- De la nulidad por cuantía y su Trascendencia en Vigencia Plena de la Ley Nº 439.-

Al respecto resulta necesario citar el Auto Supremo Nº 189/2016
de 09 de marzo ha orientado que: “Según Eduardo J. Couture en su libro Fundamentos del Derecho Procesal Civil, nos señala el principio de trascendencia, cuyo contenido nos expresa; que no hay nulidad de forma, si la desviación no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa de juicio, es así que las nulidades no tienen por finalidad satisfacer pruritos formales, sino enmendar los perjuicios efectivos que pudieran surgir de la desviación de los métodos de debate cada vez que esta desviación suponga restricción de las garantías a que tienen derecho los litigantes