Auto Supremo AS/0252/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2017

Fecha: 09-Mar-2017

En relación a esta denuncia corresponde señalar que de la prueba documental que corresponde a

En relación a esta denuncia corresponde señalar que de la prueba documental que corresponde a fs. 36, la misma consignada en sobre manila como anexo, se infiere que la parte demandada adjuntó en calidad de prueba: 1) Certificación de fecha 07 de noviembre de 2014 (fs. 14), emitida por la Secretaria del Juzgado de Partido 3º en lo Civil, en donde certifica que el proceso ordinario de Nulidad de Documentos de transferencia seguido por Miguel Augusto Velarde Tapia, Carlos Jhonny Velarde Tapia y Walter Velarde Echeverría contra Ernesto Walter Velarde Tapia, se encuentra ejecutoriado y concluido mediante sentencia ejecutoriada; 2) Fotocopias debidamente legalizadas por la referida Secretaria, de las piezas procesales del proceso ordinario de referencia (fs. 15 a 151), donde se encuentran además la Sentencia Nº 077/2012 de 19 de noviembre, el Auto de Vista Nº 031/2013 de 1º de marzo y el Auto Supremo Nº 259/2013 de 23 de mayo, correspondientes a dicha causa; prueba documental que tiene la eficacia jurídica establecida por ley, por lo mismo no puede ser dejado de lado, como pretende la parte recurrente, porque se atentaría contra el principio de verdad material consagrado por el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, que busca la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, más aún si no han sido objetadas y desconocidas en su oportunidad por la parte ahora impugnante en relación a su contenido, sino solamente la forma de su presentación; en consecuencia, la parte demandada ha acreditado fehacientemente la existencia, sustanciación y ejecutoría del proceso ordinario de Nulidad de Documentos de transferencia que hubo seguido Miguel Augusto Velarde Tapia, Carlos Jhonny Velarde Tapia y Walter Velarde Echeverría contra Ernesto Walter Velarde Tapia, proceso que se encuentra concluido; en ese análisis su denuncia resulta siendo infundada