Auto Supremo AS/0252/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Se debe aclarar de igual manera, que este Tribunal se ve impedido de realizar un

Se debe aclarar de igual manera, que este Tribunal se ve impedido de realizar un análisis del fondo de la litis, debido a que no existe un pronunciamiento de fondo por parte del Tribunal de Alzada, en ese antecedente en el marco de lo que disponía el art. 343.II del Código de Procedimiento Civil y lo dispone el art. 265.I del Código Procesal Civil, corresponde pronunciamiento expreso por parte del Ad quem sobre los demás fundamentos del recurso de apelación que no se encuentran relacionados con la excepción de transacción