Auto Supremo AS/0054-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054-1/2017

Fecha: 14-Abr-2017

En ese marco, la nueva Ley Procesal Civil desarrolla el régimen sobre nulidad de actos

En ese marco, la nueva Ley Procesal Civil desarrolla el régimen sobre nulidad de actos procesales en los Artículos 105 al 109, imponiendo como regla en el art. 105: “I. Ningún acto o trámite judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviera expresamente determinado por la Ley, bajo responsabilidad. II. No obstante, un acto procesal podrá ser invalidado cuando carezca de los requisitos formales indispensables para la obtención de su fin. El acto será válido, aunque sea irregular, si con él cumplió con el objeto procesal al que estaba destinado, salvo que se hubiera provocado indefensión