Auto Supremo AS/0054-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054-1/2017

Fecha: 14-Abr-2017

Por último, en cuanto a que la demanda no hubiera sido presentada dentro del plazo

Por último, en cuanto a que la demanda no hubiera sido presentada dentro del plazo de 90 días previsto por Ley, toda vez que el argumento está vinculado al razonamiento erróneo de que correspondería la Nulidad de Obrados y la declaratoria de no presentación y/o inexistencia de la demanda por la falta de firma de presentante del memorial de demanda, el mismo queda absuelto con los fundamentos ya expuestos a los que se añade que este Tribunal no encuentra motivo para declarar la demanda como no presentada, asimismo se aclara que la presentación del memorial de fs. 40 que subsana la demanda y que implícitamente da por valido el memorial que no tuviera firma del presentante, se produjo antes de la citación con la demanda a la entidad incidentista y que este Tribunal ingrese a considerar aspectos de fondo de la misma. En consecuencia, no se advierte defecto absoluto en el Auto de admisión de fs. 36, ni en otra actuación de este Tribunal