En lo que respecta a actividad procesal defectuosa rige en nuestra legislación determinados principios como:
En lo que respecta a actividad procesal defectuosa rige en nuestra legislación determinados principios como: Especificidad, trascendencia, finalidad y convalidación entre otros, principios que fueron reconocidos en la jurisprudencia emitida por el tribunal Constitucional revelada en partes trascendentales de la Sentencia Constitucional Nro. 0731/2010-R, de 26 de julio de 2010, en la que señala que los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: a) Principio de especificidad o legalidad, referida a que no basta que la Ley prescriba una determinada formalidad para que su omisión o defecto origine la nulidad del acto, porque ningún trámite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por la Ley; b) Principio de finalidad el acto, es decir que no basta la sanción legal específica para declarar la nulidad de un acto, ya que ésta no se podrá declarar si, no obstante su irregularidad, ha logrado la finalidad a la que estaba destinada; c) Principio de trascendencia, presupuesto que indica que no puede admitirse el pronunciamiento de la nulidad por la nulidad misma, sino que quien solicita nulidad debe probar cual es el agravio o perjuicio que le causa el acto irregularmente cumplido y si es cierto e irreparable; y; d) Principio de convalidación, en principio, en derecho procesal civil, toda nulidad se convalida por el consentimiento y aún en el supuesto de concurrir en un determinado caso los otros presupuestos de la nulidad, ésta no podrá ser declarada si es que el interesado consintió expresa o tácitamente el acto defectuoso
- Pronunciado en Sucre el dos de mayo de dos mil diecisiete años dentro del incidente
- VISTOS: El memorial de Nulidad de Obrados de fs
- Por su parte, la entidad demandante por el memorial de fs
- Por otra parte, señala que, consta en obrados que, en cumplimiento al decreto de 31
- CONSIDERANDO: Con carácter previo corresponde establecer que, si bien la Circular Nº 02/2016 de Sala
- En ese marco, la nueva Ley Procesal Civil desarrolla el régimen sobre nulidad de actos
- La normativa anterior se completa con la previsión contenida en el art
- En lo que respecta a actividad procesal defectuosa rige en nuestra legislación determinados principios como:
- En ese marco Normativo y Jurisprudencial, de la revisión de antecedentes procesales se constata lo
- Al respecto la SC
- Entonces, en los casos en los que los errores o defectos de procedimiento, cometidos por
- Por otro lado, si bien por disposición del art
- No puede dejar de mencionarse que de manera específica el incidentista no ha mencionado tampoco
- Por último, en cuanto a que la demanda no hubiera sido presentada dentro del plazo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera Del Tribunal Supremo
- Regístrese, cúmplase y notifíquese.
