Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que se deben considerar para determinar el quantum de la sanción imponible al autor del hecho antijurídico, en éste caso de lesión seguida de muerte (artículo 273 del Código Penal), tomando en cuenta las atenuantes y agravantes, considerando la personalidad del autor, la mayor o menor gravedad del hecho, las circunstancias, los móviles que le impulsaron para la comisión del mismo, etc, tal como lo cita el recurrente, en la jurisprudencia vinculatoria de la Corte Superior de Justicia de Tarija, y que si bien es cierto que la pena estatuida en el Art. 273 del Código Penal, es indeterminada, y que la valoración y apreciación de las pruebas es una facultad privativa de los jueces de instancia, esto no les exonera de la obligación de considerar y tomar en cuenta las agravantes o atenuantes que hubieren en favor o en contra del acusado conforme los artículos 37, 38, 39 y 40 del Código Sustantivo en materia penal, señalando porque razón llegan a esa determinación, pues el omitir dichos razonamientos constituye un defecto absoluto a tenor del Art. 370 inciso 1) del Código de Procedimiento Penal y a los derechos y garantías previstos en la Constitución, Tratados y Convenios Internacionales, tal como determina el Art. 169 inciso 3) del artículo 169 del mismo Código de Procedimiento Penal
- Por memorial presentado el 6 de julio de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 285/2015 de 1 de septiembre (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 900/2016-RA de 14 de noviembre,
- 2)Añaden que en sus recursos de apelación restringida también denunciaron la falta de fundamentación de
- I.1.2. Petitorio
- Los recurrentes solicitan que se declare fundado su recurso de casación interpuesto y se deje
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- ii)En relación al delito de Uso de Instrumento Falsificado, se probó que la Escritura 178/1991
- II.2. De las apelaciones restringidas
- Notificada la parte imputada, interpone recursos de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los
- 2)La Sentencia contiene vicios y defectos que se adecuan a lo previsto por el art
- 3)Defecto de la Sentencia que contraviene lo previsto por el art
- 1)La imputada señala que existió defectos y vicios de la Sentencia que se encuentran previsto
- 2)Refiere que la Sentencia contiene vicios y defectos, porque se adecua a lo establecido en
- 3)Finalmente, hace mención de que existió el defecto de la Sentencia que contraviene lo previsto
- a)Con relación a las apelaciones restringidas interpuestas por Celestina Gladys Viveros Vda
- b)Sobre la denuncia insuficiencia de fundamentación de la Sentencia, refirió que se debe establecer que
- En el presente recurso de casación, los recurrentes denuncia: 1) De errada la determinación del
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- otorgado al precedente contradictorio carácter vinculante (art
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con la finalidad de verificar si el Auto de Vista incurrió en contradicción con los
- A efectos de lo señalado, se evidencia que el Auto Supremo 315/2006 de 25 de
- “Un Estado democrático de Derecho está sostenido por el equilibrio y control riguroso que dimanan
- En ese sentido, conforme lo expuesto en el acápite III
- Por lo referido, no existiendo una situación de hecho similar entre el motivo traído en
- En cuanto al segundo motivo, se tiene que los recurrentes denuncian que el Auto de
- “Constituye uno de los elementos esenciales del `debido proceso´ la correspondiente fundamentación de las resoluciones,
- La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la `legalidad´, cumple una función unificadora de la
- Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
