Por Sentencia 76 de 4 de octubre de 2015, el Tribunal Sexto de Sentencia del
Por Sentencia 76 de 4 de octubre de 2015, el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado Nicolás Gemio Nava, autor de la comisión de los delitos de Violación Agravada y Abuso Deshonesto, previstos y sancionados por los arts. 308 con relación al 310 incs. 2) y 4) y 312 del CP, imponiendo la pena de veinte años de presidio, argumentando en la parte destinada a los Hechos Probados, que en mérito a las pruebas de cargo producidas durante el debate, se llegó a probar que la víctima Víctor Hugo Lima Leaño, desde el 2010, cuando tenía la edad de quince años, hasta el 2012, cuando ya contaba con diecisiete años, fue sometido a reiterados actos de abuso deshonesto, consistentes en actos de manipulación de sus genitales en acción de masturbación con fines libidinosos, así como sexo oral por parte del imputado, quien empleó violencia física e intimidación aprovechando la confianza generada en su condición de padrastro a cargo de su custodia y autoridad cuando su esposa Elizabeth Leaño Villegas dormía. La víctima en el 2012, cuando tenía la edad de diecisiete años fue sometido en su inmueble ubicado en la zona del Plan 3000, Barrio Minero, calle 16 de julio, a acceso carnal por penetración anal por parte del imputado, empleando violencia física e intimidación, aprovechando que su esposa se encontraba de viaje, provocando trauma y daño psicológico
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Del motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 61/2017-RA de 24 de enero,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita la admisión del recurso de casación y se dicte resolución que declare
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 61/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- Por Sentencia 76 de 4 de octubre de 2015, el Tribunal Sexto de Sentencia del
- Que se configura el delito de Violación, porque la víctima al momento de los hechos
- En cuanto al delito de Abuso deshonesto, sostuvo que se configura porque habría ocurrido el
- II.2. De la apelación restringida del imputado Nicolás Gemio Nava
- El Ministerio Público olvidó consignar las agravantes estipuladas en el art
- Acusa, Sentencia basada en hechos inexistentes no acreditados y valoración defectuosa de la prueba art
- Denuncia insuficiente y contradictoria fundamentación de la Sentencia, que únicamente satisface a la parte acusadora,
- Finalmente denuncia, inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva, art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En respuesta a la valoración defectuosa de la prueba, sustenta que no es evidente, porque
- Esta Sala Penal mediante Auto Supremo 61/2017 de 24 de enero, atendiendo a los presupuestos
- III.1. El derecho al debido proceso
- La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso ha señalado
- III.2.Respecto a la incongruencia omisiva
- En cuanto al derecho de acceso a la justicia reconocido por la Constitución en su
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: "El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.3.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- El Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, estableció: “La denuncia por defectuosa valoración de
- Sobre la temática, el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, estableció como
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- El motivo en análisis, en primer término cuestiona la defectuosa valoración probatoria realizada por el
- Por su parte el Auto de Vista impugnado, sustentó que dicha sindicación no era evidente,
- En el contexto relacionado, cabe enfatizar que los jueces son soberanos en la valoración de
- Por otro lado, en referencia al contenido del recurso de casación, manifiestamente refleja una evidente
- En cuanto, al alegato de haber sido condenado por el delito de Abuso Deshonesto, sin
- Ahora bien, efectivamente estos argumentos no se encuentran presentes en el Auto de Vista impugnado,
- Consecuentemente, no toda denuncia de las características aducidas por el recurrente derivará en la decisión
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
