Auto Supremo AS/0331/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2017

Fecha: 03-Abr-2017

Al haber interpuesto la parte actora, demanda de Resolución de contratos por incumplimiento; en conocimiento

Al haber interpuesto la parte actora, demanda de Resolución de contratos por incumplimiento; en conocimiento de esta pretensión, en el marco del art. 573 del Código Civil y en el ejercicio de su derecho que la Ley le otorga para proteger sus intereses, la parte demandada ha opuesto la “exceptio non adimpleti contractus (excepción de incumplimiento de contrato)”, esto en el antecedente precisamente del incumplimiento de los actores y de haber cumplido de su parte con su obligación, haciendo conocer de esta manera su oposición a la pretensión principal de Resolución de contrato y que en el caso de autos existía incumplimiento de la parte actora lo que inviabiliza su pretensión, por lo que en ese antecedente, los tribunales de instancia concluyeron de manera correcta que la negativa de la parte demandada a cumplir su obligación se encontraba fundada, porque no existía reciprocidad de los actores, toda vez que no hicieron entrega del departamento a la demandada, acogiendo de esta manera favorablemente la excepción de incumplimiento