Auto Supremo AS/0360/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2017

Fecha: 11-Abr-2017

Del análisis del presente reclamo se advierte que una vez más es la DGAC es

3.- Con relación a la situación jurídica del Ministerio de Obras Públicas, Servicio y Vivienda, el recurrente alega que la entidad pública habría solicitado su separación del caso, por no tener derecho de propiedad en el proceso, solicitud que no habría sido resuelto por los Jueces de Instancia, dejando en incertidumbre e irresuelta la legitimación pasiva establecida por ley.
Del análisis del presente reclamo se advierte que una vez más es la DGAC es quien reclama un aspecto que no le corresponde por carecer le legitimación procesal como se tiene ya señalado en el pùnto III.6 de la doctrina aplciable al caso; en el entendido de que al haberse apersonado al proceso el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, es esta institución pública la legitimada para cuestionar aspectos que le pudieran causar perjuicio y no así otras entidades como ocurre en el presente caso. Sin embargo con carácter aclarativo y de la revisión del contenido de la Sentencia de primera instancia, cursante de fs. 691 a 697, respecto de este punto en particular se tiene claramente establecido en el Considerando VII de dicha Resolución, que: “el Ministerio al solo ejercer tuición, no corresponde determinar algún aspecto legal sobre dicha institución”, en consecuencia se deduce que este aspecto habría sido resulto por los de instancia, no siendo evidente la incertidumbre acusada en este punto