Auto Supremo AS/0381/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2017

Fecha: 12-Abr-2017

De antecedentes que hacen a la presente causa, se conoce que la parte actora (Jorge

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera:
IV.1. En la forma:
IV.1.1. Al estar relacionadas sus denuncias de: violación del principio de congruencia y la emisión de un Auto de Vista “ultra petita”, sobre la existencia de reforma en perjuicio y falta de motivación y fundamentación, corresponde absolverlas de manera conjunta.
De antecedentes que hacen a la presente causa, se conoce que la parte actora (Jorge Rivero Mercado) por memorial de fs. 43 a 46, ha interpuesto demanda ordinaria, impetrando como pretensión lo siguiente: “1) Resolución del contrato con apoyo del art. 568 del Código Civil por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por los demandados que en forma sistemática rehúsan otorgar la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada que menciona el precontrato; 2) La restitución de la razón social del Colegio Gabriel René Moreno; 3) la cancelación de dividendos; 4) El resarcimiento por daño económico y moral; y 5) La desocupación de los demandados del bien inmueble alquilado por Freddy Guilarde Mercado”. En tanto que los demandados (Julio César Reynoso Maire y Pablo Gustavo Reynoso Balcázar), contestan negativamente a la demanda y solicitan declararla improbada