Auto Supremo AS/0384/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0384/2017

Fecha: 12-Abr-2017

II.1.- RESPUESTA AL RECURSO


II.1.- RESPUESTA AL RECURSO:

A su vez, María Teresa Romero Molina, María Luisa Romero Molina y Ana María Miriam Romero Molina, esta última a través de su representante Iveth Orellana Vera, por memorial de fs. 796 a 806 vta., respondiendo al recurso de casación señalan que, es importante considerar que antes de la citación a la demanda la ley faculta la ampliación de una demanda, asimismo refieren que es necesario se considere las pruebas que habrían sido valoradas por la Juez de la causa, y que no existiría error en la valoración de las pruebas, agregan que de su parte habrían cumplido con la carga de la prueba consistentes en documentales, testificales, de inspección ocular, también refieren que el Auto de Vista recurrido, en la forma y en el fondo, se circunscribe a los puntos resueltos por la Juez a quo en aplicación del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, por lo que no existiría omisión de respuesta o incongruencia, menos agravio sufrido, ni infracción del derecho al debido proceso