Auto Supremo AS/0412/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2017

Fecha: 12-Abr-2017

II

II.1.2. Denuncia que en el presente proceso no se ha presentado las pruebas de cargo dentro de los cinco días fatales después de la notificación con el Auto que traba la relación procesal, por lo que dichas pruebas están presentadas fuera de término y son extemporáneas, empero la A quo mediante decreto de fs. 771 admite dichas pruebas a sabiendas que estaban fuera de término, violentándose de ésta manera el principio de igualdad jurídica de las partes en litigio establecido en el art. 119 de la CPE., y también el debido proceso establecido en el art. 115.II de la misma Constitución, agrega que al dictarse la providencia apeló y le fue concedido en el efecto diferido y en su recurso de apelación ratificó dicha apelación y no fue escuchado por el Tribunal de Alzada, quien confirmó el proveído, lo que le causa indefensión por existir interpretación errónea de los arts. 379 y 90 del CPC y art. 180.I de la CPE, lo que da lugar a la nulidad de obrados