Auto Supremo AS/0309/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2017

Fecha: 02-May-2017

Arguye que no fue declarado rebelde en el proceso, por lo que tampoco concurrirían las


Arguye que no fue declarado rebelde en el proceso, por lo que tampoco concurrirían las causales de suspensión previstas por el art. 32 del Código de Procedimiento Penal (CPP), conforme constan de las pruebas que adjuntaría y que ofrece en calidad de prueba acreditando –afirma- que ha operado la prescripción de la acción, al haber transcurrido más de 10 (diez) años desde que ocurrieron los hechos, justificando su solicitud en el art. 129 del CPP y que el cómputo debe ser en conformidad al art. 30 del CPP