Por memoriales presentados el 16 de enero de 2017, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO 375/2017-RA
Sucre, 29 de mayo de 2017
Expediente: Tarija 7/2017
Parte Acusadora: Rodolfo Sardina
Parte Imputada: Antonio Valda Sardina
Delitos: Despojo y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 16 de enero de 2017, cursantes de fs. 227 a 233 y 235 a 238, Rodolfo Sardina y Antonio Valda Sardina, a su turno, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 114/2016 de 22 de diciembre (fs. 223 a 225 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido entre partes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Apropiación Indebida, Abuso de Confianza, Perturbación de Posesión y Usurpación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 351, 345, 346, 353 y 355 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO 375/2017-RA
Sucre, 29 de mayo de 2017
Expediente: Tarija 7/2017
Parte Acusadora: Rodolfo Sardina
Parte Imputada: Antonio Valda Sardina
Delitos: Despojo y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 16 de enero de 2017, cursantes de fs. 227 a 233 y 235 a 238, Rodolfo Sardina y Antonio Valda Sardina, a su turno, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 114/2016 de 22 de diciembre (fs. 223 a 225 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido entre partes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Apropiación Indebida, Abuso de Confianza, Perturbación de Posesión y Usurpación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 351, 345, 346, 353 y 355 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memoriales presentados el 16 de enero de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)El Auto de Vista carece de la debida fundamentación porque únicamente se limitó a cuestionar
- Respecto de la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 308 de 25
- II.2.Recurso de casación de Antonio Valda Sardina
- El recurrente refiriere que el Auto de Vista no respondió a todos los agravios formulados
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 65/2012-RA de
- Respecto del segundo motivo, en el que señala que el Auto de Vista carece de
- IV.2. Recurso de casación de Antonio Valda Sardina
- Respecto de lo denunciado invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 86/2013 de 26 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
