Auto Supremo AS/0444/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0444/2017

Fecha: 02-May-2017

II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA

Que el A quo al determinar el inicio del cómputo de la prescripción a partir del 30 de septiembre de 2000, no habría considerado que por las condiciones impuestas entre las partes en el documento de fs. 08-09 vta., la condición subsistiría entre tanto una de las partes cumpla la condición impuesta, y que el plazo de la prescripción empezaría a correr a partir de la cancelación de la hipoteca acorde a los arts. 1493 y 1502 -2) del Código Civil, tomando en cuenta el tenor del documento que existía saldo de dineros por pagar para perfeccionar la venta, consiguientemente los vendedores eran a su vez acreedores. En base a esos fundamentos procede a revocar totalmente la resolución impugnada.
En contra del referido Auto de Vista, Carmen Lucía Aldayus Avilés por sí y en representación de sus poderconferentes, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
II.1.- En la forma
Refiere infracción del art. 236 del Código de Procedimiento Civil y del art. 265.I del Código Procesal Civil, indicando que el Auto de Vista rompería el principio de congruencia, entendiendo que se violó la regla de la pertinencia afectando las formas esenciales y la garantía del debido proceso