Auto Supremo AS/0483/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2017

Fecha: 12-May-2017

En consecuencia, de lo referido precedentemente y lo sustentado en la Resolución impugnada se tiene

En consecuencia, de lo referido precedentemente y lo sustentado en la Resolución impugnada se tiene que; el hecho de que el Ad quem haya consignado en sus fundamentos el aludido fraude procesal, este no afecta a la Resolución de fondo asumida, por no tener influencia alguna sobre la filiación que ostenta el ahora demandado respecto de su padre Julio Aquiles Munguía Escalante, toda vez que la misma no invalida la calidad de heredero que tiene el mismo respecto del de cujus; resultando intrascendente lo acusado en este punto