Auto Supremo AS/0533/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2017

Fecha: 17-May-2017

Al respecto en el Auto Supremo No 71/2014 de fecha 14 de mayo de

III.2.- Sobre la improponibilidad objetiva de la pretensión.-
Al respecto en el Auto Supremo No 71/2014 de fecha 14 de mayo de 2014 se orientó sobre el tema: “Para el entendimiento de la improponibilidad objetiva de la pretensión, citaremos al Auto Supremo 73/2011 de 23 de febrero de 2011 en el que desarrolló la teoría de la sobre la admisibilidad, proponibilidad y rechazo in límine de las demandas que se encuentran fuera del marco normativo, se ha dicho que: “No obstante lo que se desprende de la literalidad de la norma transcrita, la doctrina y la jurisprudencia han reconocido de manera concordante que la facultad del Juez puede ir más allá de ese análisis de cumplimiento de presupuestos de admisibilidad extrínsecos o formales y, extenderse a los requisitos de admisibilidad intrínsecos, e incluso a los de fundabilidad o procedencia de la pretensión