Auto Supremo AS/0533/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2017

Fecha: 17-May-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 733 a fs. 741 de obrados, interpuesto por el FONDO FINANCIERO PRIVADO PRODEM S.A., representado legalmente por Omar Chávez Hoyos contra el Auto de Vista Nº 125/2014, de fecha 19 de marzo de 2014, cursante de fs. 493 a 499 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de Nulidad de Contratos, interpuesto por Cleto Fernández y Teodora Miranda Mercado de Fernández, contra Fondo Financiero Privado PRODEM S.A., representado por Carlos Javier Bascope Domínguez, José Antoni Revilla, Mahn Sub Chung, Hyun Bin Chung, Soh Young Chong, la concesión del recurso de fs. 748, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el proceso, el Juez de Partido Quinto en lo Civil y Comercial de Chuquisaca, pronunció Sentencia Nº 22/2013, cursante de fs. 431 a 436 vta., por la cual declaró IMPROBADA la demanda de Nulidad de Contratos de Compra Venta cursante de fs.233 a 235 vta., subsanada a fs. 239 de obrados, con costas, IMPROBADA la excepción perentoria de cosa juzgada cursante de fs. 290 a 293. Disponiendo también la notificación mediante edictos con la presente Sentencia a ser publicados por una sola vez en un medio de prensa autorizado por el tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca a los demandados Mahn Sub Chung y Hyun Bin Chung, tomando en cuenta su citación por este mismo medio