Auto Supremo AS/0533/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2017

Fecha: 17-May-2017

Igual criterio se estableció en el Auto Supremo No 174/ 2015 de fecha 11

Igual criterio se estableció en el Auto Supremo No 174/ 2015 de fecha 11 de marzo de 2015, en el que además se orientó: “La aplicación de la improponibilidad objetiva de la pretensión resulta ser saludable en la administración de justicia, que de ser evidente, debe ser aplicado por los jueces de instancia, esto con la finalidad, de evitar un insulso trámite para que a la larga el operador judicial, defina por declarar improbada la pretensión porque el ordenamiento jurídico no permite acoger dicha pretensión”