Auto Supremo AS/0533/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2017

Fecha: 17-May-2017

Por lo expuesto la pretensión demandada resulta improponible, toda vez que en derecho no

Asimismo toda vez que la nulidad que pretende la parte demandante de la venta judicial y posteriores ventas pasa por la revisión de los actos procesales realizados en el proceso coactivo, la parte demandante podía incluso solicitar la ordinarización del proceso coactivo, conforme lo establece el art. 490 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley 1760
Por lo expuesto la pretensión demandada resulta improponible, toda vez que en derecho no existe aquella posibilidad de revisar actuados procesales como el acto de embargo y acta de remate en el presente proceso de nulidad de contratos y asimismo en el presente proceso no se cuestiona aspectos inherentes al contrato mismo de venta del cual se pretende su nulidad, aspecto que debió ser advertido por el Juez de la causa y en consecuencia rechazar la demanda por improponibilidad objetiva, situación que no aconteció y dio lugar a la sustanciación del proceso, debiendo anularse obrados hasta la admisión de la demanda