Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0538/2017
Fecha: 17-May-2017
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Proceso: Anulabilidad de Transferencia
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Distrito: Santa Cruz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución que dio lugar al Recurso de Casación interpuesto por Angélica Méndez Chávez, el que
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Refiere que al anularse obrados se ha actuado de acuerdo a los valores y principios
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Expresa que resulta reprochable posterior al Auto de Vista acusar formalmente causales de recusación
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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El instituto jurídico del litisconsorcio se encuentra previsto en el art
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En el ámbito doctrinario, podemos citar al tratadista Enrique Lino Palacios en su obra
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En este marco, el Auto Supremo Nº 99 de 22 de noviembre de 2004, emitido
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En consecuencia, a los efectos de las previsiones de los arts
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A ese efecto se puede citar el Auto Supremo Nº 243/2012 de fecha 13
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La falta u omisión de excusa del Juez no constituye ningún vicio u error de
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El Autor Carlos Morales Guillen en su libro Código Civil-Comentado y Concordado, señala lo siguiente:
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Sobre lo acusado corresponde reiterar el entendimiento asumido en el punto III
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Por ultimo, alude que no correspondía disponer ninguna nulidad, debido a que la misma no
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Es menester recordar que este Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional a través de diversos
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Tomando como punto neurálgico lo esgrimido, compartiendo el criterio asumido por el Juez de Segunda
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Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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