Auto Supremo AS/0538/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2017

Fecha: 17-May-2017

El Autor Carlos Morales Guillen en su libro Código Civil-Comentado y Concordado, señala lo siguiente:

III.3.- Del mandato.
Sobre el tema el Auto Supremo: 106/2013 de fecha 11 de marzo 2013, ha orientado en sentido: “Para el caso de Autos, y conforme dispone el art. 804 del Código Civil, los actos jurídicos realizados por los mandatarios, no son sino las obligaciones a las que se han visto reatados, en virtud del contrato celebrado con su mandante, concordante este artículo con el 814 de la misma norma que dispone que el mandatario está obligado a cumplir el mandato que corre a su cargo, siendo pasible a resarcimiento del daño ocasionado, en caso de incumplimiento.
El Autor Carlos Morales Guillen en su libro Código Civil-Comentado y Concordado, señala lo siguiente: "La consecuencia más importante del principio de que el mandatario representa al mandante, es que éste debe cumplir todas las obligaciones que aquél ha contraído dentro de los limites del mandato. El art. 821, sólo tiene presente el efecto jurídico que consiste en contraer obligaciones, lo que no excluye que igual consecuencia puede ser referida a cualquier otro efecto, favorable o adverso al representado, porque el alcance de la representación, no está limitado por la legislación, al efecto de establecer obligaciones ni a la celebración de los negocios obligatorios únicamente. Otras disposiciones (v.gr.arts.61 c.f. y 810 c.c.), mencionan expresamente el matrimonio, los actos de administración, transigir, enajenar, hipotecar o ejecutar cualquier otro acto de riguroso dominio. Realizado un negocio jurídico, por un representante con poder y en nombre del representado, en consecuencia, surte efecto jurídico que en su totalidad afecta directa y exclusivamente a este último (art. 467). El mandante, ejecutado el mandato, deviene deudor directo o acreedor directo de los terceros con los que el mandatario ha tratado por él, pudiendo accionarlos y, a la inversa, éstos pueden actuar contra él..