Auto Supremo AS/0538/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2017

Fecha: 17-May-2017

Sobre lo acusado corresponde reiterar el entendimiento asumido en el punto III

Sobre lo acusado corresponde reiterar el entendimiento asumido en el punto III.2 en sentido que el legislador ha previsto mecanismos legales para garantizar a las partes el derecho al Juez imparcial, en ese sentido el primero de ellos es la excusa, que conlleva la abstención expresada de oficio por el propio Juez; el segundo mecanismo es la recusación que debe ser propuesta por cualquiera de las partes cuando el Juez no se excuse del conocimiento de la causa, ante ese hecho si el ahora recurrente advirtió que el Juez de Apelación se encontraba inmerso dentro de una causal de recusación debió promoverla, a fin de alejarlo del conocimiento de la causa; empero, al no haberlo realizado se entiende que no duda de su imparcialidad, dotando con plena validez ese actuar y todo lo obrado por esa autoridad que conoce y resuelve el litigio, reiterando que la falta u omisión de excusa del Juez no constituye ningún vicio u error de procedimiento, por ello tampoco es causal de nulidad, precisamente porque la Ley reconoce, en caso de que el Juez no se excuse, existe la posibilidad que la parte lo recuse