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    Auto Supremo AS/0129-1/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0129-1/2017

    Fecha: 14-Jun-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandante: Servicio Nacional de Caminos Residual
    • Demandado: Edgar Trujillo Beltrán y Rolando Juan Zamorano C
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesto el Recurso de Apelación por Edgar Trujillo Beltrán; mediante Auto de Vista N° 93/15
    • I.2. Motivos del Recurso de Casación Edgar Trujillo Beltrán
    • I.2.1. Casación en la forma
    • Dicha Resolución motivó el Recurso de Casación en la forma de fs
    • Manifiesta que no se valoró el instructivo expreso del 24 de junio de 1999, como
    • Argumenta que está demostrado que el Auto de Vista omite pronunciarse sobre las pretensiones deducidas
    • Argumenta que cuando aquella norma hace referencia a la suspensión de la interrupción de la
    • I.2.3. Petitorio
    • Concluye señalando que al haberse dictado un fallo citra-petitum, solicita en forma incongruente; al Tribunal
    • I.3. Motivos del Recurso de Casación Rolando Juan Zamorano Canseco
    • I.3.1. Casación en la forma
    • I.3.2. Casación en el fondo
    • Acusa infracción del art
    • Manifiesta que, con ese antecedente se establece que desde los hechos generadores que dan lugar
    • Asimismo, acusa vulneración del principio constitucional de la irretroactividad de la norma, argumenta que la
    • Argumenta la acusación de errónea valoración de la prueba, por infracción de los art
    • Mediante decreto de fs
    • Mediante Auto Supremo Nº 306-A de fs
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • Corresponde entonces precisar que, la revisión de oficio no debe ser entendida como una potestad
    • Partiendo de dichos principios, debe entenderse que no todo vicio procesal por sí mismo constituye
    • El art
    • En ese marco normativo, de revisión de obrados se advierte que el recurrente Edgar Trujillo
    • Al respeto debe tenerse presente que la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 2210/2013 del 16 de
    • En la especie, se evidencia que el Auto de Vista no dio respuesta a los
    • Siendo así, es evidente como en el caso en análisis, que cuando se presentan situaciones
    • Siendo así, se exime analizar los demás agravios del Recurso de Casación, que implican la
    • POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Sin multa por ser excusable
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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