Auto Supremo AS/0129-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129-1/2017

Fecha: 14-Jun-2017

En ese marco normativo, de revisión de obrados se advierte que el recurrente Edgar Trujillo

En ese marco normativo, de revisión de obrados se advierte que el recurrente Edgar Trujillo Beltrán formuló Recurso de Apelación de fs. 385 a 392, apelación a la cual se adhirió Rolando Juan Zamorano Canseco, acusando agravios sobre la excepción de prescripción planteada en el transcurso del proceso, apelación sobre el fondo del proceso respecto a la violación del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, por falta de valoración de pruebas denominadas Prueba uno, Prueba Tres, Prueba cuatro y Prueba Cinco; acusando asimismo la errónea tipificación de su conducta en el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR-1/D=37/2003, subsumiéndola en el inc. h) del art. 77 de La Ley del Sistema de Control Fiscal, asimismo también se advierte la apelación del rechazo de la prueba ofrecida por no estar supuestamente dentro el alcance del art. 331 del CPC., la errada interpretación del convenio de 5 de abril de 1990 y la errónea valoración del instructivo de fecha 24 de junio de 1999, dictada por la Dirección General del trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral