Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0136/2017
Fecha: 14-Jun-2017
Con costas y costos
Con costas y costos
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VISTOS: El Recurso de Casación de fs
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En grado de Apelación deducido por la parte demandada, conforme al escrito cursante de fs
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Señala que no corresponde que la demandante se acoja al art
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En cuanto a la causal de desvinculación laboral, afirma que se demostró que la trabajadora
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En lo referido a la indemnización por tiempo de servicios, anota que no debió haberse
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Que por la documental presentada, la actora cobraba un salario por horas trabajadas y no
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Que la entidad demandada nunca negó que se le adeudaba a la actora, sin embargo
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Señala que, no se entiende lo señalado por el Tribunal de apelación en el párrafo
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Solicita al Tribunal Supremo de Justicia, emitir resolución “…determinando la existencia de la inobservancia y
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Solicita casar en parte el Auto de Vista, revocando lo dispuesto en cuanto a la
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A tiempo de formular Recurso de Casación la parte demandante, también contesta al Recurso de
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Que, erróneamente el Auto de Vista recurrido dispuso, que por falta de preaviso, se debe
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En cuanto al tiempo trabajado, que también es reclamado por el empleador, solicita se desestime
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Solicita al Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo confirmando el Auto de Vista y
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Así formulados ambos Recursos de Casación, de la compulsa de los antecedentes del proceso en
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Al respecto, esta Sala encuentra errónea la interpretación que la parte demandada efectúa respecto a
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Si bien puede ser una realidad de la entidad demandada, la contratación de personal eventual
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Finalmente, en cuanto a la multa del 30% prevista en el DS N° 28699 de
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Por lo anotado, esta Sala encuentra carente de fundamento el reclamo efectuado por la entidad
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Bajo los señalados argumentos, y no habiendo evidenciado vulneración normativa o error en la apreciación
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Se advierte como agravio lo dispuesto por el Tribunal de alzada en cuanto a la
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Sobre el particular, esta Sala encuentra como indebida la aplicación de lo dispuesto por el
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Si el empleador consideraba que la trabajadora demandante había incurrido en una infracción y que
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Bajo dicho argumento, se concluye que el Tribunal de apelación incurrió en indebida aplicación del
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
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Con costas y costos
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado
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