Solicita casar en parte el Auto de Vista, revocando lo dispuesto en cuanto a la
I.2.2. Motivos del recurso de casación de la parte demandante (fs. 256 a 257)
Acusa que el fallo recurrido no consideró que en el caso existió una disminución de la remuneración que percibía la actora, de Bs. 900 a Bs. 840, por lo que la trabajadora, con el derecho que le confiere el art. 2 del Decreto Ley (DL) de 09 de marzo de 1937, optó por retirarse de su fuente laboral, situación que no fue considerara por el fallo recurrido, vulnerando en tal sentido la Sentencia Constitucional N° 1262/2013, de 21 de agosto, y el mandato del art. 1 y 2 del DS N° 0110 y art. 2 del DL de 09 de marzo de 1967, al disponer la disminución de un salario de la trabajadora por la falta de preaviso otorgado al empleador.
I.2.2.1. Petitorio
Solicita casar en parte el Auto de Vista, revocando lo dispuesto en cuanto a la disminución de un salario a favor del empleador
Acusa que el fallo recurrido no consideró que en el caso existió una disminución de la remuneración que percibía la actora, de Bs. 900 a Bs. 840, por lo que la trabajadora, con el derecho que le confiere el art. 2 del Decreto Ley (DL) de 09 de marzo de 1937, optó por retirarse de su fuente laboral, situación que no fue considerara por el fallo recurrido, vulnerando en tal sentido la Sentencia Constitucional N° 1262/2013, de 21 de agosto, y el mandato del art. 1 y 2 del DS N° 0110 y art. 2 del DL de 09 de marzo de 1967, al disponer la disminución de un salario de la trabajadora por la falta de preaviso otorgado al empleador.
I.2.2.1. Petitorio
Solicita casar en parte el Auto de Vista, revocando lo dispuesto en cuanto a la disminución de un salario a favor del empleador
- VISTOS: El Recurso de Casación de fs
- En grado de Apelación deducido por la parte demandada, conforme al escrito cursante de fs
- Señala que no corresponde que la demandante se acoja al art
- En cuanto a la causal de desvinculación laboral, afirma que se demostró que la trabajadora
- En lo referido a la indemnización por tiempo de servicios, anota que no debió haberse
- Que por la documental presentada, la actora cobraba un salario por horas trabajadas y no
- Que la entidad demandada nunca negó que se le adeudaba a la actora, sin embargo
- Señala que, no se entiende lo señalado por el Tribunal de apelación en el párrafo
- Solicita al Tribunal Supremo de Justicia, emitir resolución “…determinando la existencia de la inobservancia y
- Solicita casar en parte el Auto de Vista, revocando lo dispuesto en cuanto a la
- A tiempo de formular Recurso de Casación la parte demandante, también contesta al Recurso de
- Que, erróneamente el Auto de Vista recurrido dispuso, que por falta de preaviso, se debe
- En cuanto al tiempo trabajado, que también es reclamado por el empleador, solicita se desestime
- Solicita al Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo confirmando el Auto de Vista y
- Así formulados ambos Recursos de Casación, de la compulsa de los antecedentes del proceso en
- Al respecto, esta Sala encuentra errónea la interpretación que la parte demandada efectúa respecto a
- Si bien puede ser una realidad de la entidad demandada, la contratación de personal eventual
- Finalmente, en cuanto a la multa del 30% prevista en el DS N° 28699 de
- Por lo anotado, esta Sala encuentra carente de fundamento el reclamo efectuado por la entidad
- Bajo los señalados argumentos, y no habiendo evidenciado vulneración normativa o error en la apreciación
- Se advierte como agravio lo dispuesto por el Tribunal de alzada en cuanto a la
- Sobre el particular, esta Sala encuentra como indebida la aplicación de lo dispuesto por el
- Si el empleador consideraba que la trabajadora demandante había incurrido en una infracción y que
- Bajo dicho argumento, se concluye que el Tribunal de apelación incurrió en indebida aplicación del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Con costas y costos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
