Auto Supremo AS/0467/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2017-RRC

Fecha: 27-Jun-2017

Estando precisada la estructura básica que debe contener una resolución de mérito, corresponde establecer qué


En la parte dispositiva del fallo, conforme establece el art. 360 inc. 4) del CPP, el juzgador debe justificar normativamente la decisión, es decir, debe citar las normas aplicables, y en caso de emitirse Sentencia condenatoria (art. 365 del CPP), el juzgador debe fijar con precisión la sanción correspondiente, con base a los arts. 37, 38, 39, 40, 40 bis del CP-los últimos, cuando corresponda- tomando en cuenta las atenuantes y agravantes que concurran (fundamentación jurídica).”

Estando precisada la estructura básica que debe contener una resolución de mérito, corresponde establecer qué tipo de error denunció en apelación el representante del Ministerio Público; a cuyo efecto, debe acudirse al análisis de los argumentos descritos en el acápite II.2 y II.3 de la presente resolución, advirtiéndose que el apelante denunció que el Tribunal de mérito en la labor de fundamentación probatoria, que conforme a la doctrina legal descrita por este Tribunal precedentemente, consiste en apreciar intelectivamente la prueba, en primera instancia de manera individual y posteriormente de forma integral, metódica, libre, razonada e imparcial, había incurrido en errores que configuran el defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP