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    Auto Supremo AS/0506/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0506/2017-RRC

    Fecha: 14-Jun-2017

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    • Por el memorial presentado el 7 de octubre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 10/2013 de 17 de septiembre (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 424/2017-RA de 6 de junio,
    • 1) El recurrente denuncia defectuosa valoración de la prueba, señalando que el Tribunal de alzada
    • 2) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso en
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que se declare fundado su recurso, dictando la doctrina legal aplicable, que
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • i)Resulta evidente que Luis Demetrio Calbimonte Valcaflores, resulta sujeto activo del delito, porque en su
    • ii)En el hecho denunciado se configuró para la existencia del delito, por haber incumplido de
    • iii)Se advierte también, que el imputado con la finalidad de justificar su incumplimiento, señaló que
    • iv)Se tiene como hecho probado que el imputado es culpable de la comisión del ilícito,
    • II.2. De la apelación restringida
    • 1)La Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art
    • 2)También refiere que en la Sentencia existe defectuosa valoración de la prueba documental y testifical,
    • 3)Denuncia la vulneración de derechos y garantías constitucionales consistentes en: La seguridad, legítima defensa en
    • 4)Respecto de la Sentencia, señala que la misma habría elaborado su propia teoría fáctica del
    • 5)Refiere que existió defectuosa valoración de la prueba en la Sentencia; a cuyo efecto, transcribe
    • 6)Finalmente, señala que se infringieron los arts
    • a)Con relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva incluida en su memorial de
    • b)El único motivo invocado que habilita el recurso de apelación restringida es la denuncia del
    • d)El Tribunal de alzada aclara que respecto de la prueba observada, le está impedido de
    • e)La Sentencia impugnada cumplió a cabalidad los requisitos, sin que exista vicio alguno siendo la
    • f)Por otro lado, concluyó que el Apelante no cumplió con señalar cuál es la aplicación
    • III.1. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
    • En etapa de alzada, la normativa procesal penal establece que el recurso de apelación restringida,
    • El art
    • En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
    • Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
    • Editorial IB de F
    • Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
    • III.3.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
    • Como se señaló antes de ingresar al análisis del caso, es pertinente la referencia doctrinal
    • El razonamiento anterior fue asumido por esta Sala y se encuentra plasmado en el Auto
    • El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
    • La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
    • Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
    • Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
    • Razonamientos que tienen como base legal, la norma contenida en el art
    • Por otra parte, en el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está
    • Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
    • Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba; es decir, incorrecta
    • III
    • El sistema penal acusatorio vigente en Bolivia, ha instituido el juicio oral con la finalidad
    • No obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia, actual Tribunal
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • fundamentando por qué considera que la prolongación del juicio oral fue indebido, arbitrario o no
    • De lo precedentemente expuesto, se concluye que es obligación de los Jueces y Tribunales, ante
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Con la finalidad de resolver la temática planteada y a los fines de verificar si
    • Con relación al primer motivo, corresponde verificar si es evidente o no la denuncia de
    • Asimismo, el Auto de Vista fue claro en señalar que no puede realizar revalorización de
    • Por otro lado, en el mismo apartado al que hace referencia el Auto de Vista
    • Al respecto, se advierte que su denuncia denota una falta de claridad y fundamentación; por
    • Por último, se constata que la denuncia del recurrente se basa únicamente en la supuesta
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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