Auto Supremo AS/0506/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2017-RRC

Fecha: 14-Jun-2017

El sistema penal acusatorio vigente en Bolivia, ha instituido el juicio oral con la finalidad


El sistema penal acusatorio vigente en Bolivia, ha instituido el juicio oral con la finalidad de garantizar no sólo la resolución de causas en menor tiempo que en el sistema escritural inquisitivo abrogado (celeridad), sino preponderantemente para asegurar el conocimiento directo de parte del juzgador sobre la prueba y la posición de las partes dentro del proceso, sin la mediación de intérprete o intermediario alguno -excepto casos especiales, como el previsto en el art. 10 del CPP- que puedan alterar la intención de las declaraciones o fundamentación orales (inmediación), acto que se concibe como único y que se debe realizar sin interrupción alguna todos los días hábiles, para asegurar el fiel conocimiento de los hechos en base a los cuales la autoridad jurisdiccional deberá emitir una decisión (continuidad); sin embargo, el Código de Procedimiento Penal reconoce determinadas circunstancias que pueden impeler a la suspensión de la audiencia de juicio oral (art. 335), previendo igualmente que dicho acto deba reanudarse en un plazo máximo de diez días calendario (art. 336)