Auto Supremo AS/0506/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2017-RRC

Fecha: 14-Jun-2017

Asimismo, el Auto de Vista fue claro en señalar que no puede realizar revalorización de


Asimismo, el Auto de Vista fue claro en señalar que no puede realizar revalorización de la prueba; es decir, no puede asignar valor probatorio a las pruebas que formaron parte para la decisión del Tribunal de Sentencia; en este caso, por lo que no pudo dar curso a las alocuciones realizadas por el imputado aclarando que no ingresará a realizar una labor de revalorización de la prueba, afirmado que solamente verificará si la fundamentación de la valoración de la prueba existente en la Sentencia se realizó conforme a lo establecido en el art. 173 del CP; por otro lado, también fue claro en explicar al recurrente, que cuando se denuncia la existencia de defectuosa valoración de la prueba es preciso demostrar la violación de las reglas de la sana crítica, que la motivación de la Sentencia esté fundada por un hecho no cierto, que invoque afirmaciones imposibles o contrarias a las leyes de la lógica, la ciencia o que se refiera a un hecho que sea contrario a la experiencia común, que analice arbitrariamente un elemento de juicio o que el razonamiento se haga sobre pruebas que demuestren cosa diferente a las que se tienen como cierta con base en ella, una prueba que de acuerdo a la sana critica tiene que referirse a hechos que en un momento histórico son posibles naturalmente porque no se opone a ellos ninguna ley científica natural