Auto Supremo AS/0571/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0571/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Al margen de lo dispuesto en las causales contenidas en el art

III.2.- De la nulidad de la declaratoria de herederos.-
En el Auto Supremo Nº 364/2012 de 25 de septiembre, este Tribunal ha emitido jurisprudencia respecto a la viabilidad de la pretensión una nulidad de declaratoria de herederos, exponiendo lo siguiente: “…tomando en cuenta la naturaleza de las cuestiones planteadas, referente a una pretensión de nulidad de declaratoria de herederos ha desarrollado jurisprudencia, exponiendo lo siguiente: “Finalmente, debió tomarse en cuenta que se puede anular la declaratoria de herederos: 1) cuando el heredero no está incluido a la sucesión llamada por ley; y 2) cuando se ha falsificado documentos para acreditar una filiación que le permite entrar de manera fraudulenta dentro la orden de llamamiento para la sucesión del de cujus. Siendo esos los dos presupuestos, por los cuales se puede admitir y sustanciar una demanda de nulidad de declaratoria de herederos, aspecto que en el caso en concreto no acontece…”
Al margen de lo dispuesto en las causales contenidas en el art. 1021 del Código Civil, el fallo citado describe la permisión impugnar una declaratoria de herederos por vía de nulidad siendo las causales específicas