Auto Supremo AS/0571/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0571/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Sobre el particular debemos decir que el Tribunal de Alzada declaró valida la declaratoria de


Sobre el particular debemos decir que el Tribunal de Alzada declaró valida la declaratoria de herederos de la demandada, debiendo considerarse la misma solo respecto al 50% del inmueble, porque el otro 50% del inmueble fue transferido por Alfredo Selaez a la demandante Irma Graciela Selaez Sardón en vida, habiendo sido registrada esa venta, sin embargo se inscribió el derecho propietario que le corresponde como heredera del bien inmueble, sobre la totalidad del bien inmueble porque el mismo no se encuentra dividido, porque físicamente no admite división por la superficie que tiene, estando claro que la inscripción es sobre las acciones y derechos que le corresponde en el 50% del bien inmueble, además como lo refirió el Tribunal de Alzada que deberá compartir juntamente con los otros coherederos de la causante, razón por la cual el porcentaje que le corresponde es sobre el 50% del inmueble y en acciones y derechos pues el inmueble no se encuentra dividido