Auto Supremo AS/0572/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2017

Fecha: 05-Jun-2017

III.2.- De la motivación de las resoluciones

En principio corresponde precisar que en su sentido restringido la congruencia es la correlación existente entre lo demandado y lo resuelto conforme orientaba el art. 190 del Código de Procedimiento Civil y actualmente en lo contenido en el art. 213-I del Código Procesal Civil, y en caso de no respetarse este parámetro la resolución a ser emitida peca de ser ultra, extra o citra petita y en su sentido amplio la congruencia también debe entenderse en la correlación interna que debe existir en la misma resolución y con el proceso en sí.
III.2.- De la motivación de las resoluciones