Auto Supremo AS/0591/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2017

Fecha: 09-Jun-2017

El Auto de Vista violaría lo previsto por el art

El Auto de Vista violaría lo previsto por el art. 1286 del Código Civil y 397 del Código de Procedimiento Civil, al desconocer que la valoración de la prueba fuera atribución exclusiva del Juez de instancia que fuera causal de casación en el fondo, por lo que debiera remitirse obrados ante el Tribunal Supremo para que se case el Auto de Vista y se mantenga firme y subsistente la Sentencia, no se aclararía de qué manera la Sentencia incurriría en falta de motivación o infringe el debido proceso, la afirmación de no haberse analizado la prueba fuera falsa, de la revisión de la SDentencia cumpliría con el art. 192 del CPC