En esta parte de su recurso, la impugnante cuestiona los fundamentos y la determinación asumida
En esta parte de su recurso, la impugnante cuestiona los fundamentos y la determinación asumida en el Auto de fs. 159 y vta., donde el A quo se ratifica en forma inextensa en el Auto de fs. 60 vta. de obrados, y en su mérito rechaza el recurso de reposición planteado contra esta Resolución y estando alternado de apelación para el caso de negativa, siendo la Resolución recurrida una de las comprendidas en el art. 24 de la Ley Nº 1760 que en su numeral 3) se refiere a la procedencia del recurso de apelación en el efecto diferido cuando se trate de resoluciones sobre proposición, producción, denegación y diligenciamiento de prueba, en aplicación del art. 25 del mismo compilado legal, difiere su concesión y reserva su fundamentación para el caso de una eventual apelación de la Sentencia, disponiéndose en consecuencia la prosecución del presente caso
- Proceso: Acción reivindicatoria, más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Oruro
- II
- Agrega que era menester aplicar el principio de verdad material para llegar a conocer la
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- III.1.- Sobre la apelación en el efecto diferido
- De acuerdo a la norma descrita se entiende que cuando se recurre de apelación en
- De igual forma, si la parte a quien se concedió la apelación en el efecto
- III.2.- En relación a la congruencia de las resoluciones
- Asimismo, la Sentencia Constitucional 0816/2010-R de 02 de agosto, citando a su vez a la
- De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
- IV
- En esta parte de su recurso, la impugnante cuestiona los fundamentos y la determinación asumida
- En ese antecedente, conforme a la doctrina aplicable desarrollada en el punto III
- De la revisión de obrados se conoce que una vez interpuesta la demanda, se corrió
- De los referidos hechos expuestos por la parte demandada, se conoce que los mismos no
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
