Auto Supremo AS/0644/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0644/2017

Fecha: 19-Jun-2017

De los recursos de casación interpuestos por los co-demandados Edmundo Zabalaga Retamoso, Augusto Adalid Tapia

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De los recursos de casación interpuestos por los co-demandados Edmundo Zabalaga Retamoso, Augusto Adalid Tapia Revollo y Gloria Ruth Álvarez de Sabath representado por Jaime Sabath Tapia, se conoce que los mismos tienen un mismo contenido, donde se acusa la infracción del art. 108 de la Ley Nº 439, por lo que en atención al principio de concentración y al estar relacionados, corresponde absolverlos de manera conjunta, en base a las siguientes consideraciones de orden legal:
De la revisión del caso de autos, se evidencia que la parte actora en su demanda de fs. 10 a 11 vta., ha concretado como pretensión la declaratoria de responsabilidad civil del administrador de la sociedad y presidente del directorio Adalid Augusto Tapia Revollo (sociedad Hospital San Vicente de Paúl S.R.L.), de acuerdo a los arts. 164, 166 y siguientes del Código de Comercio, a quien pide que se le conmine a pagar todos los daños y perjuicios ocasionados con su negligencia, incapacidad y/o mala intención tanto a la mencionada sociedad como a su persona en particular, que resulten de la averiguación en el proceso; responsabilidad que debe ser solidaria con los señores Gloria Ruth Álvarez, que actúa por intermedio de su apoderado y esposo Jaime Sabath Tapia, y Edmundo Zabalaga Retamoso, puesto que éstos, en su calidad de miembros del Directorio, permitieron y cohonestaron con el presidente y administrador para que cometa esas incorrecciones. En conocimiento de esta demanda, los referidos co-demandados contestan negativamente a la demanda, oponen las excepciones perentorias de falsedad, improcedencia de la acción, y prescripción, e interponen demanda reconvencional por la exclusión legal de la sociedad del socio Remberto García Pereira, retener sus utilidades por dedicarse a actividad similar que importa competencia desleal para el Hospital San Vicente de Paul, pidiendo además que en ejecución de Sentencia se averigüen daños y perjuicios ocasionados con su actitud contraria a la ética societaria y médica. Pretensión reconvencional que es contestado en forma negativa por la parte actora quien además interpone contra la misma excepción perentoria de falsedad e ilegalidad