Auto Supremo AS/0644/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0644/2017

Fecha: 19-Jun-2017

En relación a lo anterior se debe precisar que en mérito al principio de congruencia,

En relación a lo anterior se debe precisar que en mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, y en el caso de la apelación en el marco del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante en relación a la Sentencia