Sobre la autorización legislativa se indica que es extemporáneo y que en derecho ha precluido,
Sobre la autorización legislativa se indica que es extemporáneo y que en derecho ha precluido, sin embargo, esta situación no puede entenderse como acto de obstrucción, sino que si lo enjuician solicita que se disponga de todos los medios requeridos para el fiel cumplimiento de la investigación y la etapa preparatoria en sujeción a derecho, refiere que en la proposición acusatoria presentada a la Fiscalía General del Estado el 16 de enero de 2015 y con el requerimiento acusatorio de esta autoridad de 4 de marzo de 2015 la Asamblea legislativa pronunció la RALP Nº 20/2015-2016 de 15 de enero de 2016, que aprobó el informe CMJPMPDLE Nº 01/2015-2016 sobre el requerimiento acusatorio Nº 01/2015 (Caso ENFE), sin encontrarse incluido en las actuaciones descritas
- Delitos: Contratos Lesivos al Estado y otros
- VISTOS: El recurso de apelación de 32 a 33 vta
- I. ANTECEDENTES
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pronuncia el Auto Supremo Nº 006/2017 de
- Refiere que la corrupción es aquella acción en las que un funcionario público desvía sus
- II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL
- Sobre la autorización legislativa se indica que es extemporáneo y que en derecho ha precluido,
- Refiere sobre la excepción de extinción de la acción opuesta en base a tratados internacionales
- Hace referencia sobre la Disposición Transitoria Novena de la Constitución Política del Estado, y al
- Contestación de fs. 45 a 52 del Ministerio Público
- Refiere que el apelante no planteó actividad procesal defectuosa sino una excepción de falta de
- Contestación de fs. 54 a 56 de Procuraduría General del Estado
- Señala que el apelante no aporta ningún elemento factico o jurídico que enerve la Resolución
- III. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- DE LOS AGRAVIOS Y LA RESPUESTA
- 1
- Respecto a que el incidente hubiera precluído por extemporáneo, que debe entenderse como una petición
- 2
- Ahora en relación al Pacto San José de Costa Rica que fue aprobado mediante Ley
- Respecto a la contestación del Ministerio Público y la Procuraduría General del Estado, deberán estarse
- Por lo que se concluye que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al
- POR TANTO
- Regístrese y cúmplase.
