Auto Supremo AS/0669/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Aduce que la Sra

Aduce que la Sra. Lucuy tenía la ineludible obligación de reparar y cumplir la deuda por el 50% acordado, extremo que se ha probado por la documental y testifical adjunta al proceso empero, la misma no ha sido cumplida, por lo que, era correcto que se ordene la nulidad, al no haberlo hecho han vulnerado de los arts. 375 y 397 del CC