Auto Supremo AS/0669/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Por otra parte es preciso recordar el entendimiento esbozado en el tópico III

Por otra parte es preciso recordar el entendimiento esbozado en el tópico III.2, puesto que la falsificación de instrumentos privados o públicos es considerado una forma especial de engaño que como tal entra en pugna con los principios y valores que sostiene el Estado Plurinacional de Bolivia. En ese entendido debemos puntualizar que toda falsificación es evidentemente un acto ilícito y como tal no puede ser considerado como válido para generar efectos favorables, más por el contrario por lógica consecuencia debe producir efectos de reproche que atenta contra el orden legal y la convivencia social, no pudiendo en consecuencia avalarse los pretendidos efectos del hecho ilícito criterio como también se ha citado en ese punto ha sido refrendado por el Tribunal Constitucional, generando ese criterio jurisprudencia vinculante a todos los casos que tengan fundamentos facticos similares como es el caso de autos, por lo que, corresponde su aplicación en el presente