Auto Supremo AS/0669/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Corresponde aclarar el entendimiento vertido por los de instancia en sentido que este medio probatorio

Corresponde aclarar el entendimiento vertido por los de instancia en sentido que este medio probatorio resultaría unilateral, extremo que no sería evidente, en el entendido que ese medio probatorio, tiene la calidad de prueba trasladada conforme se ha orientado en el acápite III.3, pues ha sido producido dentro del proceso penal de falsedad y uso de instrumento falsificado conforme se advierte de fs. 297 a 300 vta., y claramente esta prueba en su primera parte orienta que deviene por Requerimiento Fiscal, habiendo participado las mismas partes, y habiendo sido ratificado en este proceso como indicamos antes, la misma fue introducida al proceso por el demandante y corrida en traslado a la parte adversa, y ante ese hecho los demandados, en sus memoriales respectivos se adhirieron a toda la prueba presentada, es decir dando su aceptación con la misma, razón por la cual no puede acusársela de unilateral cuando la misma por un lado fue producida en otro proceso y por otro la parte contraria no realizo observación alguna, al contrario se adhirió a la misma, aspecto que le da toda la eficacia para el presente proceso por la actitud de las partes al margen de ello, de acuerdo a la carga de la prueba los demandados estaban en la obligación de refutar ese informe, empero, no produjeron prueba que desvirtúe el referido estudio grafotécnico, si bien ha solicitado se remita otro informe, empero, no ha coadyuvado con la remisión del mismo