Auto Supremo AS/0669/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2017

Fecha: 19-Jun-2017

En suma refiere que el criterio de indicar que la falsificación de Firmas es tema

En suma refiere que el criterio de indicar que la falsificación de Firmas es tema de falta de consentimiento no es causa de nulidad sino de anulabilidad, expresado en Sentencia ha quedado sin respaldo legal, ya que, la jurisprudencia del Tribunal Supremo refiere que la falsedad de un acto no habilita su invalidación vía anulabilidad sino por vía de nulidad por su manifiesta ilicitud todo en razón a que no se puede reconocer una venta que se origina en una falsificación de firmas y por tanto del documento ya que se estaría yendo, contra la ética, principios, valores, moral y la buenas costumbres que rigen el Estado Plurinacional desechando la posibilidad de que a raíz de una falsificación evidencia un ilícito penal este acto se subsuma una causal de anualidad, para dar la posibilidad de al confirmabilidad del acto ilícito