En una interpretación sistemática, tomando en cuenta que todas las disposiciones legales contenidas en la
Conforme se evidencia, la referida disposición legal, el sujeto pasivo, se constituye en Agente de Retención, quien tiene el deber formal de consolidar la información proporcionada por sus dependientes, utilizando el Software RC-IVA Da Vinci y remitirla a la Administración Tributaria en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
El art. 162 de la Ley 2492 y el núm. 4.3. del Anexo A de la RND 10-0021-04 de 11 de agosto de 2004 establecen que el incumplimiento al referido deber formal, será sancionado con una multa que irá desde 50 UFVs a 5.000 UFVs.
En una interpretación sistemática, tomando en cuenta que todas las disposiciones legales contenidas en la Ley 2492, constituyen un solo cuerpo normativo y que no puede existir contradicción interna, respecto a determinados preceptos que son parte –reiteramos- de dicho Código Tributario, se concluye en que no se incurrió en una indebida interpretación y aplicación del art. 71 del Código Tributario Boliviano, a momento de aplicar el mismo al caso concreto, como erróneamente acusa la parte recurrente
- CONSIDERANDO I
- El Juez 1º en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, de la ciudad de Santa
- 1
- Es decir que lo acusado por el ahora recurrente en el punto IV
- Teniendo presente que cursa a fs
- Se debe tener presente que la RND Nº 10-0029-05 en su artículo 5 a establecido
- Complementa indicando: “Si bien la presentación de Declaraciones Juradas implica implícitamente un acto de informar
- Se debe tener presente que las diferentes Resoluciones Normativas de Directorio, pertinente y por ende
- En una interpretación sistemática, tomando en cuenta que todas las disposiciones legales contenidas en la
- Regístrese, comuníquese y tómese razón.
