Auto Supremo AS/0181-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181-1/2017

Fecha: 13-Jul-2017

En una interpretación sistemática, tomando en cuenta que todas las disposiciones legales contenidas en la


Conforme se evidencia, la referida disposición legal, el sujeto pasivo, se constituye en Agente de Retención, quien tiene el deber formal de consolidar la información proporcionada por sus dependientes, utilizando el Software RC-IVA Da Vinci y remitirla a la Administración Tributaria en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.

El art. 162 de la Ley 2492 y el núm. 4.3. del Anexo A de la RND 10-0021-04 de 11 de agosto de 2004 establecen que el incumplimiento al referido deber formal, será sancionado con una multa que irá desde 50 UFVs a 5.000 UFVs.

En una interpretación sistemática, tomando en cuenta que todas las disposiciones legales contenidas en la Ley 2492, constituyen un solo cuerpo normativo y que no puede existir contradicción interna, respecto a determinados preceptos que son parte –reiteramos- de dicho Código Tributario, se concluye en que no se incurrió en una indebida interpretación y aplicación del art. 71 del Código Tributario Boliviano, a momento de aplicar el mismo al caso concreto, como erróneamente acusa la parte recurrente