En definitiva, se concluye que el Auto de Vista recurrido al confirmar la Sentencia y
En definitiva, se concluye que el Auto de Vista recurrido al confirmar la Sentencia y con ello conceder a favor del demandante los beneficios consignados en esta última, se ajustó a las normas legales en vigencia, interpretando y aplicando correctamente la ley; resultando en consecuencia no ser cierto ni evidente lo acusado en el Recurso de Nulidad y/o Casación interpuesto; por lo que corresponde aplicar lo establecido en el 220-II del Código Procesal del Trabajo (CPC-2013), declarando infundado el recurso interpuesto por Matías Ernesto Colque Valdés, en representación de la Empresa Inversiones Sucre S.A., cursante a fs. 149-152 de actuados
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